Origen de la reglamentación
mercantil en El Salvador
Es de mucho interés conocer que el primer
Código de Comercio de El Salvador tiene una historia más larga que la que posee
el Código Civil, y pudiera creerse lo contrario por haber sido este último, durante
mucho tiempo, una ley supletoria del primero en instituciones tan importantes
como la regulación de las sociedades en el país. El Código de Comercio y la Ley de Enjuiciamiento como originalmente se
le denominó, contenía de manera conjunta normas sustantivas y también de
procedimientos mercantiles, de ahí el acompañamiento de Enjuiciamiento. Dicha norma, nace a la vida en nuestro país en el
siglo XIX, específicamente el 1 de diciembre de 1855, antecediéndole a la
promulgación del Código Civil de El Salvador, que deriva como ley desde el 23
de agosto de 1859, el cual, por haberse mandado a imprimir su edición a New
York, entró en vigencia hasta el año de 1860.
Dentro de esa reflexión, si bien es
cierto que el Salvador se independizó de España el 15 de septiembre de 1821, pasó
a partir de ese momento a ser parte de la República Federal de Centro América,
periodo en el cual el Imperio de Méjico pretendió la anexión de la Federación.
Para el año de 1938 se disuelve la Federación y se gestan diferentes acciones
que pretenden la Unión Centroamericana, situaciones que mantienen con cierta
inestabilidad política a las instituciones del Estado. Instituciones que por
cierto gozaban de muy poca autonomía, acostumbradas como eran a los mandatos de
la Corona y posteriormente sometidas a un Estado Presidencialista.
Para
entender mejor estos momentos históricos, es necesario mencionar que aun
después de la independencia de España, en el acta de proclama de la misma, se
estableció que el derecho privado continuaría siendo regulado por las leyes españolas,
por lo que durante todo ese periodo hasta la aparición del Código de Comercio y
la Ley de Enjuiciamiento en 1855, continuaron rigiendo en materia mercantil
las leyes de España, como son
el Código de Burgos y de Sevilla.
Es durante este periodos bastante
turbulento de la vida nacional, cuando aparece el mencionado Código de Comercio
y la Ley de enjuiciamiento, mediante decreto a solicitud del Presidente de la
Republica, que en lo pertinente de su CONSIDERANDO exponía lo siguiente: “” Que
por no haber en el Estado un Código de jurisprudencia mercantil se ha carecido
de reglas generales que determinen las obligaciones y derechos que proceden los
actos de comercio de lo cual resulta confusión e incertidumbre tanto para los
mismos comerciantes como para los tribunales y jueces, siendo conveniente y de
urgencia dar al comercio un sistema de legislación uniforme completo y fundado
sobre principios inalterables de la justicia…””
Con ello, se pretendió dar certeza jurídica a los actos de los
comerciantes, tanto a sus derechos como a sus obligaciones, mediante un
instrumento de aplicación por parte de los tribunales y jueces.
No obstante, no se lograron con la aparición del
Código de Comercio y la Ley de Enjuiciamiento, los objetivos buscados ya que
ambos eran copia fiel de la "Ley
de enjuiciamientos en negocios de comercio" de España, por ello, su
vigencia fue desde 1855 hasta 1904, año en el que se promulgó un nuevo Código
de Comercio, que respondía a un contexto local, más que a la misma influencia
europea a la que atendía el que le precedía.