El gobierno de El Salvador ha mostrado un
interés firme en hacer ejecutar la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos,
que data desde hace casi dieciocho años en la normativa del país, al acatar las
recomendaciones que se le han venido haciendo al mismo por parte de los
organismos internacionales contralores que coadyuvan a prevenir y a luchar
contra la corrupción como: la ONU, el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional),
entre otros.
Actualmente,
el país se encuentra sumando esfuerzos sobre el tema de prevención del lavado
de dinero y de activos y financiamiento al terrorismo, cuya finalidad es brindar seguridad a
la economía, lo cual le permitirá abrir puertas a más inversionistas y recibir
apoyo extranjero, ya que éstos se han visto disminuidos, debido a la
vulnerabilidad que se tiene frente a la corrupción al no contar con una
normativa estable, rígida y funcional sobre el tema de prevención de riesgos.
Ente estatal encargado del control de la Ley
Parte de
esos esfuerzos ha sido la creación de la Unidad de Investigación Financiera (UIF)
de la Fiscalía General de la República, quien recientemente ha estado mostrando
resultados en el trabajo que ya se desarrolla, así como las últimas reformas a
la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos que en septiembre de 2015, se emitieron, tanto para
incluir a otros sujetos distintos de las entidades financieras como obligados,
como para fortalecer los esfuerzo de la Unidad de Investigación
Financiera (UIF) como regulador que orienta a la prevención de dichas
prácticas.
La constante actividad
realizada por la UIF, cuya finalidad es darle cumplimiento a la normativa en
comento, ha tenido impacto en todos los sectores que se encuentran obligados a
implementar la ley, ya que está dando muestras claras del rumbo que este
importante tema lleva con relación a los sujetos enmarcado en el Art. 2 de la
Ley, dicha situación conlleva tanto a las instituciones financieras como a aquellas
no financieras altamente vulnerables, a diseñar e implementar controles
internos que sean eficientes y efectivos para reducir los riesgos de
exposición.
Responsabilidad de los entes obligados
La falta de controles adecuados para la
identificación y reporte oportuno de estos riesgos y transacciones, puede
llevar a las entidades a sufrir multas y sanciones significativas, razón por la
cual es indispensable que todos los sujetos obligados establezcan un Programa
de Prevención de Lavado de Dinero y de Activos y Financiamiento al Terrorismo, a fin de
lograr una identificación de los riesgos puntuales a los que está expuesta la
entidad, según su actividad y vulnerabilidad, y a partir de éstos, diseñar e
implementar los controles pertinentes que les permitan prevenir, mitigar y
erradicar cualquier situación de riesgo.
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